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El Parlamento Europeo aprueba el Reglamento (UE) 2024/3015 para erradicar el trabajo forzoso en la Unión Europea

12/12/2024

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han adoptado el Reglamento (UE) 2024/3015 con el objetivo primordial de erradicar la presencia de productos fabricados mediante trabajo forzoso en el mercado de la Unión Europea (UE). Este reglamento surge como respuesta a la persistente problemática del trabajo forzoso a nivel global, reconociendo su impacto negativo en la dignidad humana, los derechos fundamentales y el desarrollo económico sostenible.

Objetivos y alcance

El reglamento establece un marco normativo que prohíbe a los operadores económicos introducir, comercializar o exportar productos que hayan sido producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso. Esta prohibición abarca todas las fases de la cadena de suministro, incluyendo extracción, cosecha, producción, fabricación y cualquier operación de elaboración o transformación relacionada.

Definiciones clave

Para una correcta aplicación del reglamento, se definen términos fundamentales como:

  • Trabajo forzoso: Cualquier trabajo o servicio exigido bajo amenaza de pena, excluyendo el servicio militar obligatorio y obligaciones cívicas normales.
  • Operador económico: Personas físicas o jurídicas que introducen, comercializan o exportan productos en el mercado de la UE.
  • Autoridad competente principal: Entidad responsable de evaluar información, llevar a cabo investigaciones y adoptar decisiones relacionadas con posibles infracciones.

Obligaciones para los operadores económicos

Los operadores económicos deben implementar diligencia debida para garantizar que sus productos no estén vinculados al trabajo forzoso. Esto incluye:

  • Identificación y evaluación de riesgos: Evaluar las cadenas de suministro para detectar posibles vínculos con trabajo forzoso.
  • Transparencia: Mantener registros claros y accesibles sobre las prácticas laborales en todas las etapas de producción.
  • Cooperación: Colaborar con las autoridades competentes y proporcionar información necesaria durante las investigaciones.

Creación de una base de datos de riesgos

El reglamento prevé la creación de una base de datos de riesgos que identifica zonas geográficas y sectores productivos con alta probabilidad de involucrar trabajo forzoso. Esta base de datos se basa en información de organizaciones internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y está disponible públicamente para fomentar la transparencia y la prevención.

Mecanismos de supervisión y cumplimiento

Para asegurar la efectividad del reglamento, se establecen diversos mecanismos:

  • Red de la Unión contra los Productos del Trabajo Forzoso: Plataforma de coordinación entre las autoridades competentes de los Estados miembros y la Comisión Europea.
  • Sistema de Información y Comunicación (ICSMS): Herramienta para el intercambio de información entre autoridades competentes y aduaneras.
  • Inspecciones y Sanciones: Las autoridades pueden realizar inspecciones sobre el terreno y, en caso de incumplimiento, imponer sanciones efectivas, proporcionales y disuasorias a los operadores económicos infractores.

Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs)

Reconociendo las limitaciones de recursos de las PYMEs, el reglamento incluye medidas de apoyo como directrices específicas, puntos de contacto designados y sesiones de formación para facilitar el cumplimiento sin imponer cargas administrativas excesivas.

Protección de Denunciantes y Cooperación Internacional

El reglamento garantiza la protección de denunciantes, permitiendo a cualquier persona informar sobre posibles infracciones sin temor a represalias, conforme a la Directiva (UE) 2019/1937. Además, fomenta la cooperación internacional con terceros países y organizaciones globales para fortalecer la lucha contra el trabajo forzoso en las cadenas de suministro globales.

Procedimientos de Investigación y Decisión

Las autoridades competentes principales llevan a cabo investigaciones basadas en la información recibida y determinan si existe una infracción del reglamento. En caso afirmativo, emiten decisiones que prohíben la introducción y comercialización de los productos afectados, exigiendo su retirada del mercado o eliminación conforme a las disposiciones establecidas.

Evaluación y Revisión

La Comisión Europea está obligada a realizar evaluaciones periódicas del reglamento para medir su efectividad y proponer modificaciones si es necesario. Estas evaluaciones consideran el impacto en las empresas, especialmente en las PYMEs, y la eficacia en la eliminación del trabajo forzoso del mercado de la UE.

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