El Supremo confirma la condena por estafa y descarta la excusa absolutoria por parentesco
Excusa absolutoria por parentesco: los argumentos de la defensa frente a los del Tribunal Supremo
La defensa de un condenado por estafa sostenía que la denunciante, madre de su pareja, no podía acusarlo particularmente. El Tribunal Supremo responde a este argumento y descarta también la excusa absolutoria por parentesco.
Qué ocurrió
Entre septiembre y noviembre de 2021, un hombre se hizo con las tarjetas bancarias de la madre de su pareja, que se alojaba temporalmente en su domicilio. Realizó retiradas de efectivo hasta 51.900 euros, dejando la cuenta en saldo negativo.
La Audiencia Provincial de Castellón le condenó por estafa agravada a tres años de prisión, condena confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
Los argumentos de la defensa
La defensa recurrió en casación alegando infracción del artículo 103.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Sostenía que, al ser la denunciante la madre de su pareja, esta norma le impedía ejercer la acusación particular, y que la causa debió sobreseerse al no acusar el Ministerio Fiscal.
Subsidiariamente, invocaba la excusa absolutoria por parentesco del artículo 268 del Código Penal, al considerar que existía entre ambos una relación asimilable a la familiar.
Los argumentos del Tribunal Supremo
La Sala recuerda que la restricción del artículo 103 exige una relación conyugal o de pareja estable con convivencia, y que su interpretación debe ser restrictiva. Constata que la estancia de la madre en la vivienda fue temporal y ocasional, sin vocación de permanencia.
Señala que la perjudicada conservaba su domicilio, su domiciliación bancaria y su atención sanitaria en su ciudad de origen. Concluye que no existía la relación ni la convivencia exigidas por la norma.
Por qué tampoco cabe la excusa absolutoria por parentesco
Por conexión con este razonamiento, el Tribunal rechaza la excusa absolutoria por parentesco. Al no concurrir los presupuestos de relación parental y convivencia, esta excusa tampoco resulta aplicable al caso.
El fallo
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de la defensa. Confirma la condena por estafa e impone las costas del recurso al condenado.